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GUERRA SUCIA a a a a a a a a a a a a
Blog de liberacion
24 de Mayo, 2012 · General

Derecho a la verdad, al duelo y al reconocimiento del honor de los caídos en la lucha por la justicia

12. Derecho a la verdad, al duelo y al reconocimiento del honor de los caídos en la lucha por
la justicia
Por la Comisión de Trabajo para el Esclarecimiento de la Verdad Histórica, de la FEMOSPP.
05/ 09/ 08
Conceptualización
Frente a un escenario de violaciones sistemáticas y masivas a los derechos humanos y al
derecho humanitario, resulta obligado indagar. No puede haber justicia sin verdad, ni verdad
sin justicia. Conocer la verdad y acompañarla de impunidad es una nueva agresión a las
víctimas. Hay procedimientos para establecer la verdad histórica, que aquí se presenta; hay
procedimientos para establecer la verdad jurídica, para evitar la impunidad. Las víctimas
exigen verdad a secas, con todas sus consecuencias. La verdad histórica tiene que llevar a la
verdad jurídica. El Estado debe de hacer justicia.
12.1. El derecho de los familiares de conocer la suerte actual o final del desaparecido y, en su
caso, de que se le reintegren sus restos.
1. En qué consiste este derecho
El derecho a la verdad ha sido desarrollado suficientemente en el Derecho Internacional de los
Derechos Humanos. La Comisión de Derechos Humanos de la ONU, establece en sus
Principios y Directrices Básicos sobre el Derecho de las Victimas ‘El acceso a información
fáctica sobre las violaciones.’ El derecho de los familiares de la víctima de conocer lo
sucedido a ésta y, en su caso, dónde se encuentran sus restos mortales constituye una medida
de reparación y por tanto una expectativa que el Estado debe satisfacer a los familiares y a la
sociedad como un todo.
“La privación continua de la verdad acerca del destino de un desaparecido constituye una
forma de trato cruel, inhumano y degradante para los familiares cercanos. “En este sentido la
Corte Interamericana de Derechos Humanos considera que la entrega de los restos mortales en
casos de detenidos desaparecidos es un acto de justicia y reparación en sí mismo. Es un acto
de justicia saber el paradero del desaparecido, y es una forma de reparación porque permite
dignificar a las víctimas, ya que los restos mortales de una persona merecen ser tratados con
respeto para con sus deudos con el fin de éstos puedan darle una adecuada sepultura (Casto
Trujillo Oroza; Reparaciones, 27 de febrero de 2002, parr. 114 y 115).”
Además, es el derecho que tienen las víctimas a que se realice una investigación respecto a la
violación que han sufrido de sus derechos fundamentales para el establecimiento de la verdad
histórica y de la verdad jurídica que permita identificar a los responsables de estos crímenes
para que puedan ser juzgados.
2. Cómo se ha vulnerado este derecho.
A pesar de que en nuestro país existen leyes fundamentales y secundarias que permiten
jurídicamente castigar la violación a los derechos humanos, el poder judicial , en
colaboración con el poder ejecutivo pecó de no sólo indiferencia sino de complicidad con los
Deleted: Ante
Deleted: E
Deleted: “La privación continua de la
verdad acerca del destino de un
desaparecido constituye una forma de
trato cruel, inhumano y degradante para
los familiares cercanos. El derecho a la
verdad ha sido desarrollado
suficientemente en el Derecho
Internacional de los Derechos Humanos,
y como sostuvo esta Corte en anteriores
oportunidades, el derecho de los
familiares de la víctima de conocer lo
sucedido a ésta y, en su caso, dónde se
encuentran sus restos mortales constituye
una medida de reparación y por tanto una
expectativa que el Estado debe satisfacer
a los familiares de la víctima y a la
sociedad como un todo.
Deleted: “En este sentido la Corte
considera que la entrega de los restos
mortales en casos de detenidos
desaparecidos es un acto de justicia y
reparación en sí mismo. Es un acto de
justicia saber el paradero del
desaparecido, y es una forma de
reparación porque permite dignificar a las
víctimas, ya que los restos mortales de
una persona merecen ser tratados con
respeto para con sus deudos con el fin de
éstos puedan darle una adecuada
sepultura (Casto Trujillo Oroza;
Reparaciones, 27 de febrero de 2002,
parr. 114 y 115).Ӧ
Deleted: solucionar las controversias,
Deleted: su complicidad
Deleted: autoritarismo despótico, no
2
criminales de lesa humanidad y de crímenes de guerra. Abandono su deber: defender la
legalidad, se prestó a contribuir con las condenas de consigna, cuando se dieron, violatorias
de nuestro orden jurídico. Los juicios, cuando se celebraron, fueron una farsa, pues los
sentenciados nunca se les demostraron su culpabilidad ni sus crímenes; ni siquiera, en muchos
casos, se les permitió aportar pruebas de descargo. No importó que muchos no tuvieran
durante años ni siquiera una caricatura de juicio. De antemano estaban condenados, no
importaba el delito.
El ejemplo de los militantes del MAR presos en Lecumberri, quienes pasaron en la zona de
aislamiento durante varios años sin siquiera habérseles dictado auto de formal prisión. Es
muestra de cómo se violaron los derechos de los opositores al régimen. El artículo 3 común a
los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 en su inciso d) dice: ‘las condenas
dictadas y las ejecuciones sin previo aviso ante tribunal legítimamente constituido, con
garantías reconocidas como indispensables por pueblos civilizados’. Pasaron cinco años para
que los presos del MAR fueran llamados ante un juez, cuando se prevé que un indiciado debe
ser sentenciado como máximo al año de ser presentado ante la autoridad judicial.
En cuanto a los desaparecidos, ninguna autoridad judicial cumplió con su obligación de
investigación, a pesar de las miles de denuncias y pruebas que se les presentaron por parte de
las familias y sus organizaciones, donde quedaba asentada la autoría material de policías y
soldados en las detenciones arbitrarias de ciudadanos mexicanos e incluso de menores de
edad o gestantes. A pesar de sus esfuerzos dentro y fuera del país, en las diferentes instancias
internacionales, como la ONU o la Corte Interamericana de Derechos Humanos, nunca fueron
escuchados, ni se le dio entrada a ninguna de sus quejas. Todo fue simulación e impunidad.
Trauma severo, producido a consecuencia de la negación de información, negación de
responsabilidad, negación de castigo
12.2. El derecho de la sociedad a conocer lo que sucedió.
1. En qué consiste este derecho.
“Toda sociedad tiene el irrenunciable derecho de conocer la verdad de lo ocurrido, así como
las razones y circunstancias en las que aberrantes delitos llegaron a cometerse, a fin de evitar
que estos hechos vuelvan a ocurrir en el futuro (Informe de la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos, 1986; www.cidh.oas.org).” No puede permanecer como historia oficial la
mentira que se construyó para ocultar y justificar los crímenes de Estado en contra de su
propia población.
2. Cómo se ha vulnerado este derecho.
Los hechos fueron ocultados. La realidad desvirtuada. Los errores de los combatientes fueron
agrandados y sus virtudes negadas. Su imagen publica difundida por la televisión, prensa y
radio fue la de peligrosos malhechores, bandidos y delincuentes, sin ética ni respeto a la vida;
nunca fueron tratados por lo que eran: luchadores sociales. El carácter político de su lucha fue
negado. Nunca se admitió que el sistema político y económico, asentado en un carácter
autoritario y despótico, era la fuente que producía la necesidad de la lucha violenta para abrir
los espacios democráticos necesarios en el país. Las justas demandas y reivindicaciones
fueron suprimidas con la violencia y el terror; la ciudadanía fue desinformada para dejar a los
cuerpos policiales y militares mano suelta para aniquilar a los combatientes. La impunidad
Deleted: No solo
Deleted: a
Deleted: lo que debía
Deleted: ,
Deleted: sino
Deleted: 3. Medidas que se
recomiendan¶
<#>Cese definitivo de las detencionesdesapariciones
en México¶
<#>Un compromiso público y oficial de
que se respetarán los derechos humanos,
particularmente el respeto a la vida, la
libertad y la integridad personal¶
<#>Realizar una investigación exhaustiva
sobre cada uno de los detenidosdesaparecidos
para ubicar
fehacientemente su destino. La comisión
encargada deberá de contar
necesariamente con el consentimiento y
participación, en la parte de supervisión
de las tareas, de las familias involucradas
o en su defecto de aquellas personas de su
total confianza que ejerzan dicha tarea.
Los gastos correrán a cuenta del Estado y
contará con todo el apoyo institucional¶
<#>Elaboración de un informe público y
oficial, completo y veraz, sobre la
situación y destino de todos los
desaparecidos¶
<#>La ejecución de un juicio a todos los
responsables de llevar a cabo esta
practica y el correspondiente castigo¶
<#>Un reconocimiento público y oficial
para honrar y dignificar la memoria de los
desaparecidos. ¶
<#>Ubicar sus restos, si fuera posible,
para entregarlos a sus familiares y darles
un digno entierro, corriendo todos los
gastos por cuenta del Estado. En los casos
que no es posible, levantar una estatua o
mausoleo en su honor para que pueda ser
honrada su memoria colectiva.¶
<#>Que sean retirado los nombres de los
criminales de lesa humanidad y crímenes
de guerra de calles, edificios públicos y
privados, escuelas, parques, colegios,
hospitales, avenidas y demás, siendo
sustituidos por el de los desaparecidos¶
<#>Compromiso oficial de disolver y no
crear cuerpos represivos para secuestrar,
torturar, desaparecer y asesinar personas¶
<#>Garantías de respeto a la labor de los
organismos humanitarios y de familiares
y reconocimiento público a la útil función
social que cumplen¶
<#> Cese de todas las formas de agresión
y presiones, abiertas o solapadas,
ejercidas contra las familias de los
desaparecidos y reconocimiento público
de su honorabilidad¶
3
trajo el deterioro social, la perdida de credibilidad a las instituciones, en particular al sistema
judicial.
Los hechos que llegaron a filtrarse fueron combatidos y destruidos. Ediciones completas de
publicaciones (como Por Qué?) fueron requisadas en la provincia y en algunas partes de la
capital del país. La prensa, incluyendo la independiente, fue acallada, incluso cuando fue
necesario a través de la destitución de sus directores (caso Excelsior). Fotografías de sucesos
represivos que lograron ser salvadas en un primer momento posteriormente fueron
decomisadas por los agentes de la DFS, desconociéndose hasta la fecha su destino. Periódicos
y microfilmes de bibliotecas y lugares públicos fueron recortados, robados o destruidos al
ocuparse las instalaciones universitarias por policías y soldados.
Ninguna reforma académica e institución pública o privada a hecho suya la necesidad de
estudiar científicamente el fenómenos de la lucha guerrillera moderna ni las consecuencias
derivadas de la “guerra sucia”. 12.. El derecho a la reparación del daño.
1. En qué consiste este derecho
La restitución del daño engloba varias categorías, las cuales son previstas por la Obligación
de Respetar y Hacer Respetar las Normas Internacionales de Derechos Humanos y el d
Derecho Humanitario, anota entre otras:
La restitución o restablecimiento. Restitución de trabajos, pensiones, estado legal,
propiedades, reputación: Restablecimiento de la situación que existiría –evidentemente, en
tanto esto sea posible-, si la violación no se hubiere cometido;
La rehabilitación y readaptación médica, psicológica, legal;
La satisfacción que incluye el reconocimiento del daño, la aceptación de responsabilidad, el
pedir perdón, el que haya justicia en lugar de impunidad;
La compensación e indemnización monetaria o por servicios por los daños físico y moral
sufridos, los gastos, las oportunidades y los proyectos de vida sufridos. Resarcir los daños.
Asegurar recursos efectivos a las víctimas.
Las reforma estructural y garantías que modifiquen las condiciones para que no vuelvan a
ocurrir estas violaciones. Esto incluye reformas a la justicia, a la refundación de las fuerzas
armadas –que incluya una reconceptualización de sus funciones, doctrina y estructura-. Una
reforma profunda de las corporaciones policiales y de seguridad (Véase Naomí Roht-Arriaza,
2003 y Rodolfo Mattarollo, ibid). La Corte Interamericana (en los casos de Ángel Manfredo,
Velásquez Rodríguez y Saúl Godínez Cruz) ha sentado jurisprudencia de la obligación de
garantía: “La prevención de las violaciones de derechos humanos, entendida como la
obligación estatal de organizar todo el aparato del Estado de manera tal que se trate de
disuadir la violación de los derechos humanos, y cuando ésta se produzca, se investigue, se
juzgue a los presuntos autores, se los castigue con penas adecuadas respetando el debido
proceso y se repare el daño sufrido (Mattarollo, 373.).”
2. Cómo se ha vulnerado este derecho.
En nuestro país, no ha prosperado este tipo de derecho. Los testimonios no han prosperado.
Los familiares de los desaparecidos, torturados, ejecutados extrajudicialmente, perseguidos y
exiliados se han negado tradicionalmente a exigir cualquier tipo de restitución del daño por
que, por un lado, han creído que es obligación del Ministerio Público iniciar la averiguación
Deleted: No existe en el país ninguna
institución pública o privada que estudie,
promueva el acervo documental y la
memoria histórica de esta forma de lucha;
que permita reflexionar y proponer
alternativas viables para la corrección de
los defectos de una democracia aun débil
y tambaleante como la mexicana, que
tienta a sus ciudadanos, ante la
indiferencia oficial judicial y la
impunidad policial y militar, a ejercer
justicia por propia mano.¶
3. Medidas que se recomiendan¶
<#>Publicar y difundir ampliamente la
presente investigación en todos los
ámbitos del país.¶
<#>Reformas académicas en los planes
de estudia en todos los niveles, desde la
primaria a universitario, incorporando la
enseñanza de lo que es la “guerra sucia” y
la guerrilla moderna, como formas
necesarias de búsqueda de mecanismos
de entendimiento entre los mexicanos
para dirimir pacíficamente nuestra
diferencias. Para que no se vuelva a
repetir la “guerra sucia” se necesita
comprender sus causas y a todos sus
participantes.¶
<#>Creación de un centro
interdisciplinario de investigaciones sobre
los movimientos armados y de
contrainsurgencia (“guerra sucia”) en
México, promoviendo talleres y
seminarios al interior de las universidades
e institutos de enseñanza media superior
y superior del país. El Estado debe de
abrir las universidades e institutos
públicos a la reflexión e intercambio de
experiencias con la generación de ex
combatientes (algunos hoy en día con
grados de posgrado académico y
desempleados), para con ello, también
dotarlos de un salario digno por sus
esfuerzos democráticos emprendidos en
los años de clandestinidad combatiendo
contra el autoritarismo, contribuyendo a
su reconocimiento social.¶
<#>Creación de un centro de acervos
documentales para perpetuar la memoria
de los participantes en los movimientos
armados y las formas en que fueron
aniquilados¶
<#>Publicación de memorias, archivos,
documentos, biografía, testimonios,
talleres, libros, canciones, poemas y
demás material producido por los
participantes (o en su memoria) de la
lucha insurgente.¶
<#>Dichos centros de investigación
deben de contar con el apoyo oficial
posible, con los grupos de ex
combatientes del movimiento armado
socialista y las asociaciones de familiares
de desaparecidos políticos que deseen
contribuir ¶
<#>Elaborar y distribuir profusamente
folletos populares educativos a bajo costo
que recojan los hechos y personajes
participantes, contribuyendo al
conocimiento y difusión de una cultura de
respeto a los derechos humanos.¶
<#>Elaborar y promover programas en la
televisión, radio y prensa comercial
relacionados con las graves violacio.n..e s[ 1a ]
4
correspondiente y buscar que se ejerza la justicia, sin embargo eso no ha sido posible debido a
que son coparticipes de los criminales por protegerlos, aparentar investigaciones que nunca se
realizaron, deformar los hechos e incluso amenazar, intimidar y burlarse de las madres y
esposas de los insurgentes. Ante la indefensión que son victimas, prefirieron presentar una
lucha intransigente por la vida de sus seres queridos, de ahí su consigna de ¡Vivos se los
llevaron! ¡Vivos los queremos!
El comité Eureka y muchas organizaciones de derechos humanos se niegan a acogerse a una
política estatal que solo se base en el pago en efectivo de supuestas indemnizaciones, cuando
lo más importante es, como los señala expresamente el derecho internacional humanitario,
corregir la situación violatoria en nuestro país. Se debe conocer el paradero de los
desaparecidos y paralelamente tramitar la restitución del daño global.
12.4. El derecho a la reparación del honor de quienes dieron su vida por la justicia.
1. En qué consiste este derecho.
En reivindicar el buen nombre de las víctimas. Los involucrados en el conflicto, aunque hayan
delinquido, no son delincuentes comunes, no son terroristas. El gobierno está obligado a
mantener el Estado de Derecho, lo que significa mucho más que el orden. Como principio de
legitimidad, se reconoce el derecho a la rebelión como último recurso de lucha frente a la
tiranía. Esta investigación demuestra que los movimientos sociales y políticos que aquí se
analizan buscaron modificar condiciones propias de un sistema político cerrado y que, a su
juicio, agotaron los recursos internos por la vía pacífica. Que al intentar agotar estos recursos
el Estado los criminalizó, los persiguió, los convirtió en víctimas y escaló la violencia. Los
participantes en estos movimientos lucharon por un ideal de lograr una sociedad más justa.
Conocieron y enfrentaron a un Estado que no sólo actuó al margen de la legalidad, sino
cometiendo crímenes en contra de ellos que, por su gravedad se tipifican como de lesa
humanidad y crímenes de guerra imprescriptibles. Toda rebelión pasa, de manera ineludible,
por la ilegalidad. Cuando las estrategias y tácticas de los sublevados transitan, como forma de
lucha, por delitos que el Estado está obligado a perseguir, tienen derecho cuando son
aprehendidos a ser juzgados conforme al derecho vigente y no a ser tratados con castigos no
previstos por la ley. Corresponde a la historia, y esta Comisión da el primer paso, destacar y
reconocer la justeza de la causa que persiguieron los integrantes de estos movimientos
sociales que aquí se analizan, y reconocerles el mérito del honor que merecen, y la República
debe de reconocer.
2. Cómo se ha vulnerado este derecho.
Hasta la fecha había sido la posición oficial del Estado negar la justeza de la causa
emprendida por aquellos que tomaron las armas en la mano. Los calificó de delincuentes
comunes, de terroristas, de vende patrias; los desprestigió. Las posiciones oficiales, alejadas
de toda legalidad, se difundieron ampliamente por la prensa. No dejaban duda alguna, el
objetivo era eliminar a los insurgentes: “La tibieza ya se acabó, esto es una guerra a muerte”
“No tardaremos en lograr la captura de todos los componentes (de la LC23S), como perros
vamos tras ellos, les pisamos los talones” (declaraciones del Gral. Arturo Durazo Moreno,
Director de Policía y Tránsito del D. F., Excelsior, 77/ 04/ 17).
Sus acciones fueron delitos políticos que debieron de ser perseguidos y sancionados en el
terreno constitucional. Desde 35 se ha establecido, “Conferencia Internacional para la
Deleted: Por el otro, hasta el presente,
el Estado solo ha ofrecido promesas, no
ha aceptado su responsabilidad con los
crímenes de lesa humanidad. Ha utilizado
políticamente la demanda de la
presentación de los desaparecidos sin dar
pasos concretos para ubicar su paradero y
poco ha hecho para terminar con la
impunidad prevaleciente. En estas
condiciones hablar de restitución equivale
pretender reducir el problema a la
compensación e indemnización
monetaria, dejando de lado lo principal,
la garantía de que dicha situación no
vuelva a suceder, con lo cual la sociedad
concibe que se pretende crear una especie
de “punto final” a las graves violaciones
de derechos humanos acontecidas, en
particular sobre el destino de todos los
desaparecidos, dejando en la impunidad a
los criminales. Por ello, e
Deleted: 3. Medidas que se
recomiendan¶
<#>Crear una Comisión para la
Restitución del Daño Físico y Moral
Causado por la “guerra sucia” en México.
Estará integrada necesariamente por
autoridades designadas por el Ejecutivo,
las asociaciones de familiares de
desaparecidos y ex combatientes, con la
finalidad de:¶
<#>Levantar un padrón de todas las
personas que fueron lesionadas física y
moralmente dentro de la lucha
contrainsurgente (incluyendo presos,
torturados, ejecutados extrajudicialmente,
desaparecidos temporales y definitivos,
perseguidos, exiliados y demás derivados
de su actividad política) para valorar los
casos;¶
<#>Presentar una lista de restitución o
restablecimiento de trabajos, pensiones,
estado legal, propiedades, reputación,
restableciendo la situación que existiría –
en tanto esto sea posible-, si la violación
no se hubiere cometido, con el fin de que
se comiencen a realizar los trámites
conducentes para obtenerlas;¶
<#>Presentar una lista para rehabilitación
y readaptación médica, psicológica, legal
de todos aquellos que lo necesiten, como
secuela de la actividad contrainsurgente.
Atención, de ser necesario, permanente
que deberá correr a cargo del Estado.¶
<#>Tramitar, de acuerdo a las
investigaciones, la compensación e
indemnización monetaria o por servicios
por los daños físico y moral sufridos a
familiares de desaparecidos, presos,
perseguidos, exiliados y ejecutados
extrajudicialmente, los gastos, las
oportunidades y los proyectos de vida
sufrido, resarciendo los daños al
patrimonio familiar sufrido, asegurando
recursos efectivos a las víctimas.¶
<#>Reducción de presupuesto militar y
de pensiones militares para sufragar los
gastos de reparación.¶
Deleted: la tiranía
Deleted: Estudiantes, profesores y
pueblo que lucharon por un México como
el que todos soñamos hasta la fecha. Es
necesario desear para luchar
... [2]
5
Unificación del Derecho Penal” reunida en Copenhague, que “1. Son delitos políticos las
infracciones dirigidas contra la organización y el funcionamiento del Estado y contra los
derechos del ciudadano derivados de ella. 2. Son reputados políticos los delitos de derecho
común que constituyen la comisión de los atentados previstos en el número 1, así como los
actos realizados para favorecer la comisión de un delito político o para permitir al autor de
este delito escapar a la aplicación de la Ley Penal. 3. Sin embargo no serán considerados
como delitos políticos aquellos cuyo autor hubiere sido determinado sólo por un motivo
egoísta o vil (esto es, no político). 4. Tampoco serán considerados como delitos políticos los
actos de terrorismo.” Sin embargo, la definición ha evolucionado abarcando otras conductas
que entonces excluía, como la rebelión, sabotaje, sedición, motín y el de conspiración para
cometerlos, y ha sometido a mayor precisión conceptos como el de terrorismo. Sus acciones
buscaban promover una nueva sociedad, más equitativa y justa, nada más ajeno a los intereses
egoístas o viles. A pesar de ello, no han sido reconocidos como lo que fueron: luchadores
sociales dispuestos a ofrecer los más preciado de su existencia, la vida, por sus anhelos y
aspiraciones. Personas que fueron torturadas hasta la muerte e incluso en algunos casos
ensañándose de sus recientes heridas para arrancar “confesiones”; que fueron detenidos con
vida y posteriormente ejecutados extrajudicialmente; que murieron enfrentando
desproporcionadamente a las decenas de agentes que se les enfrentaron; que dieron luz a sus
hijos antes de ser asesinadas o desaparecidas; familiares que sufrieron bestiales tormentos que
les quitó la vida o que se transformaron en rehenes del Estado o desaparecidos para capturar a
sus hijos y esposos; dieron su vida por la justicia que les negó el Estado.
Formatted: Bullets and Numbering
Deleted: 3. Medidas que se
recomiendan¶
Un reconocimiento público y oficial para
honrar y dignificar la memoria de todos
aquellos que fueron ejecutados
extrajudicialmente o perdieron la vida
como resultado de su participación
durante la “guerra sucia” en México. Uno
o varios eventos donde el Estado asuma
su responsabilidad, pida perdón y se
comprometa a ejercer la justicia en lugar
de la impunidad.¶
Realizar una investigación sobre cada uno
de los casos en que perdieron la vida los
guerrilleros, sus familias, sus amistades y
ciudadanía en general, a fin de establecer
fehacientemente las condiciones en que
se produjeron los decesos, tanto con el
objetivo de obtener datos para construir
sus biografías como para poder fincar
responsabilidades penales.¶
Compromiso público del Estado de
ejercer castigo para todo aquellos
involucrados en ejecuciones
extrajudiciales y muertes derivadas de los
planes de contrainsurgencia.¶
Becas para los hijos de los ejecutados
extrajudicialmente o muerto como
resultado de los planes de
contrainsurgencia, que ayuden a
permitirles el acceso a la educación
universitaria.¶
La creación de un fondo para la
educación primaria, secundaria y
universitaria de los hijos de los
ejecutados extrajudicialmente o muerto
como resultado de los planes de
contrainsurgencia.¶
La creación de un fondo de pensiones
para los padres y esposos (as), según el
caso, de ejecutados extrajudicialmente o
fallecido como resultado de los planes de
contrainsurgencia.¶
La creación de un fondo de vivienda para
beneficio de los padres, esposos (as) e
hijos de ejecutados extrajudicialmente o
muerto como resultado de los planes de
contrainsurgencia.¶
La garantía de un empleo digno para los
hijos de los ejecutados extrajudicialmente
o fallecido como resultado de los planes
de contrainsurgencia, que están en edad
de trabajar.¶
Elaboración, publicación y amplia
difusión a través de los medios masivos
de comunicación, a precios bajos, de
biografías y testimonios de cada uno de
los que dieron su vida por la justicia,
como reparación de su honor y homenaje
a su martirio.¶
Ubicar sus restos, si fuera posible, para
entregarlos a sus familiares y darles un
digno entierro, corriendo todos los gastos
por cuenta del Estado. En los casos que
no es posible, levantar una estatua o
mausoleo en su honor para que pueda ser
honrada su memoria colectiva. Mientras
esto no ocurra, seguirán estando presentes
en la lista de los desaparecidos.¶
Que calles, edificios públicos y privados,
escuelas, parques, colegios, hospitales,
avenidas y demás, lleven el nombre de
los que dieron su vida por la justicia.
Page 3: [1] Deleted 12/1/2005 1:03 AM
No existe en el país ninguna institución pública o privada que estudie, promueva el
acervo documental y la memoria histórica de esta forma de lucha; que permita reflexionar
y proponer alternativas viables para la corrección de los defectos de una democracia aun
débil y tambaleante como la mexicana, que tienta a sus ciudadanos, ante la indiferencia
oficial judicial y la impunidad policial y militar, a ejercer justicia por propia mano.
3. Medidas que se recomiendan
Publicar y difundir ampliamente la presente investigación en todos los ámbitos del país.
Reformas académicas en los planes de estudia en todos los niveles, desde la primaria a
universitario, incorporando la enseñanza de lo que es la “guerra sucia” y la guerrilla
moderna, como formas necesarias de búsqueda de mecanismos de entendimiento entre
los mexicanos para dirimir pacíficamente nuestra diferencias. Para que no se vuelva a
repetir la “guerra sucia” se necesita comprender sus causas y a todos sus participantes.
Creación de un centro interdisciplinario de investigaciones sobre los movimientos
armados y de contrainsurgencia (“guerra sucia”) en México, promoviendo talleres y
seminarios al interior de las universidades e institutos de enseñanza media superior y
superior del país. El Estado debe de abrir las universidades e institutos públicos a la
reflexión e intercambio de experiencias con la generación de ex combatientes (algunos
hoy en día con grados de posgrado académico y desempleados), para con ello, también
dotarlos de un salario digno por sus esfuerzos democráticos emprendidos en los años de
clandestinidad combatiendo contra el autoritarismo, contribuyendo a su reconocimiento
social.
Creación de un centro de acervos documentales para perpetuar la memoria de los
participantes en los movimientos armados y las formas en que fueron aniquilados
Publicación de memorias, archivos, documentos, biografía, testimonios, talleres, libros,
canciones, poemas y demás material producido por los participantes (o en su memoria) de
la lucha insurgente.
Dichos centros de investigación deben de contar con el apoyo oficial posible, con los
grupos de ex combatientes del movimiento armado socialista y las asociaciones de
familiares de desaparecidos políticos que deseen contribuir
Elaborar y distribuir profusamente folletos populares educativos a bajo costo que
recojan los hechos y personajes participantes, contribuyendo al conocimiento y difusión
de una cultura de respeto a los derechos humanos.
Elaborar y promover programas en la televisión, radio y prensa comercial relacionados
con las graves violaciones a los derechos humanos infringidos dentro de la “guerra
sucia”, desde diversos puntos de vista y de las diversas disciplinas involucradas para
buscar los mecanismos más adecuados para garantizar que dichas practicas no volverán a
repetirse en el futuro en el país.
Page 4: [2] Deleted 12/1/2005 1:17 AM
3. Medidas que se recomiendan
Crear una Comisión para la Restitución del Daño Físico y Moral Causado por la
“guerra sucia” en México. Estará integrada necesariamente por autoridades designadas
por el Ejecutivo, las asociaciones de familiares de desaparecidos y ex combatientes, con
la finalidad de:
Levantar un padrón de todas las personas que fueron lesionadas física y moralmente
dentro de la lucha contrainsurgente (incluyendo presos, torturados, ejecutados
extrajudicialmente, desaparecidos temporales y definitivos, perseguidos, exiliados y
demás derivados de su actividad política) para valorar los casos;
Presentar una lista de restitución o restablecimiento de trabajos, pensiones,
estado legal, propiedades, reputación, restableciendo la situación que existiría
–en tanto esto sea posible-, si la violación no se hubiere cometido, con el fin
de que se comiencen a realizar los trámites conducentes para obtenerlas;
Presentar una lista para rehabilitación y readaptación médica, psicológica, legal
de todos aquellos que lo necesiten, como secuela de la actividad
contrainsurgente. Atención, de ser necesario, permanente que deberá correr a
cargo del Estado.
Tramitar, de acuerdo a las investigaciones, la compensación e indemnización
monetaria o por servicios por los daños físico y moral sufridos a familiares de
desaparecidos, presos, perseguidos, exiliados y ejecutados extrajudicialmente,
los gastos, las oportunidades y los proyectos de vida sufrido, resarciendo los
daños al patrimonio familiar sufrido, asegurando recursos efectivos a las
víctimas.
Reducción de presupuesto militar y de pensiones militares para sufragar los gastos de
reparación.
Becas para los hijos de los desaparecidos que ayuden a permitirles el acceso a la
educación universitaria.
La creación de un fondo para la educación primaria, secundaria y universitaria de los
hijos de los desaparecidos.
La creación de un fondo de pensiones para los padres y esposos (as), según el caso, de
los desaparecidos.
La creación de un fondo de vivienda para beneficio de los padres, esposos (as) e hijos
de desaparecidos.
La garantía de un empleo digno para los hijos de los desaparecidos, que están en edad
de trabajar.
No se debe otorgar ningún tipo de amnistía general a los acusados. Considerar la
posibilidad de reducción de sentencia para quienes ayuden a conocer la suerte de los
desaparecidos.
El perdón es un acto privado que no puede otorgar el Estado en nombre de las víctimas.
Palabras claves, , , , , , , ,
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Federico López Campos

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